Df 1 Obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros, así como sobre bienes y derechos situados en el extranjero
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación normativa.
Vigente
Se autorizada al Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2008 en vigor desde 01-01-2009