Df 1 Normas para la nutrición sostenible en suelos agrarios
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.
El Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario, queda modificado como sigue:
Uno. El anexo I A queda redactado como sigue:
«ANEXO I A
Valor límite de concentración de metales pesados en los suelos
Valor límite de concentración de metales pesados en los suelos (mg/kg de materia seca de una muestra representativa de los suelos tal como la define el anexo II C).
Los valores límite de concentración de metales en los suelos serán los recogidos en la tabla de la parte B del anexo IV del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.»
Dos. El anexo I B queda redactado como sigue:
«ANEXO I B
Valor límite de concentración de metales pesados en los lodos destinados a su utilización agraria
Los valores límite de concentración de metales pesados en los lodos destinados a su utilización agraria serán los recogidos por la tabla de la parte A del anexo IV del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.»
Tres. El anexo I C queda redactado como sigue:
«ANEXO I C
Valores límites para las cantidades anuales de metales pesados que se podrán introducir en los suelos basándose en una media de diez años
Los valores límites para las cantidades anuales de metales pesados que se podrán introducir en los suelos basándose en una media de diez años serán los recogidos en la tabla de la parte C del anexo IV del Real Decreto 1051/2022.»
- Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-01-2023