Df 1 Normas básicas para el registro de agentes del sector lácteo, movimientos de la leche y control
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.