Df 1 Decreto512/2015,de29dediciembre,deprestaciónfarmacéuticaenloscentrossociosanitariosresidencialesdeAndalucía.
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»D.F. 1ª. Desarrollo.
Vigente
Se faculta a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de salud para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto y al órgano competente en la gestión de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para su cumplimiento, y en particular para modificar los Anexos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-01-2016 en vigor desde 06-01-2016