Legislación

Decreto-ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 28-05-2014

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Mayo de 2014

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ADMINISTRACION LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 101

F. Publicación: 28/05/2014

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo 1. Ejercicio por parte de las Entidades Locales de competencias atribuidas por la legislación autonómica anterior a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Artículo 2. Informes para el ejercicio por parte de las entidades locales de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación. Artículo 3. Documentación que acompaña a la solicitud de los informes para el ejercicio por parte de las entidades locales de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación. Artículo 4. Procedimiento para la emisión de los informes de inexistencia de duplicidades y de riesgo para la sostenibilidad financiera. Artículo 5. Carácter y contenido de los informes de inexistencia de duplicidades y de riesgo para la sostenibilidad financiera. Artículo 6. Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación suscritos con las entidades locales. Artículo 7. Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en que se financien competencias delegadas. Artículo 8. Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en que se financien competencias distintas de las propias y de las delegadas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Competencias municipales en materia de educación, salud y servicios sociales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Solicitudes presentadas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación. D.F. 2ª. Entrada en vigor.