Legislación

Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería y se modifican varios decretos-leyes dictados como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 12-01-2021

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min


Artículo 1. Objeto y convocatoria. Artículo 2. Régimen jurídico. Artículo 3. Disponibilidades presupuestarias. Artículo 4. Régimen de compatibilidad e incompatibilidad de las subvenciones. Artículo 5. Personas y entidades beneficiarias. Artículo 6. Concepto subvencionable e importe de la subvención. Artículo 7. Obligaciones de las personas beneficiarias. Artículo 7 bis. Forma y plazo de justificación. Artículo 8. Régimen de concesión. Artículo 9. Solicitud. Artículo 10. Medio de presentación de solicitudes. Artículo 11. Documentación acreditativa. Artículo 12. Plazo de presentación de solicitudes. Artículo 13. Subsanación de solicitudes. Artículo 14. Órganos competentes para la instrucción y resolución. Artículo 15. Tramitación. Artículo 16. Resolución del procedimiento. Artículo 17. Notificación. Artículo 18. Forma de pago y régimen de fiscalización. Artículo 19. Modificación de la resolución de concesión. Artículo 20. Reintegro. Artículo 21. Régimen sancionador. Artículo 22. Actuación administrativa automatizada.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19). D.F. 2ª. Modificación del Decreto-ley 31/2020, de 1 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes en materia de evaluación ambiental estratégica de determinados instrumentos de planeamiento urbanístico y para impulsar la realización de proyectos de absorción de emisiones en Andalucía, así como de apoyo económico a las entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). D.F. 3ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I ANEXO II ANEXO III