Legislación

Decreto 51/2011, de 17 de marzo, por el que se actualiza la normativa en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. - Diario Oficial de Galicia de 01-04-2011

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Octubre de 2011

F. entrada en vigor: 02/04/2011

Órgano emisor: CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 65

F. Publicación: 01/04/2011


Artículo 1. Empresas instaladoras de alta tensión. Artículo 2. Empresas instaladoras de baja tensión. Artículo 3. Empresas instaladoras de gas. Artículo 4. Empresas instaladoras y mantenedoras de instalaciones térmicas en edificios. Artículo 5. Empresas instaladoras de protección contra incendios. Artículo 6. Empresas mantenedoras de protección contra incendios. Artículo 7. Empresas conservadoras de ascensores. Artículo 8. Empresas instaladoras de grúas torre. Artículo 9. Empresas conservadoras de grúas torre. Artículo 10. Empresas fabricantes de los pies de empotramiento o cualquier otro elemento estructural de una grúa torre. Artículo 11. Empresas conservadoras de grúas móviles autopropulsadas. Artículo 12. Empresas instaladoras de instalaciones frigoríficas. Artículo 13. Empresas conservadoras-reparadoras de instalaciones frigoríficas. Artículo 14. Empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos (PPL). Artículo 15. Empresas instaladoras y reparadoras de equipos a presión. Artículo 16. Empresas recargadoras de botellas de equipos respiratorios autónomos. Artículo 17. Empresas inspectoras de botellas de equipos respiratorios autónomos. Artículo 18. Empresas recargadoras de gases. Artículo 19. Acreditación de la competencia profesional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Tramitación telemática de los servicios prestados.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio. D.T. 2ª. Tramitación telemática. D.T. 3ª. Empresas previamente autorizadas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX ANEXO X ANEXO XI ANEXO XII ANEXO XIII ANEXO XIV ANEXO XV ANEXO XVI ANEXO XVII ANEXO XVIII ANEXO XIX