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Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 09-05-2016

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Mayo de 2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLITICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 87

F. Publicación: 09/05/2016

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Coordinación administrativa. Artículo 3. De los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio.
CAPÍTULO II. De las atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación territorial, y régimen de recursos
Artículo 4. De las atribuciones que corresponden a la Ju nta de Extremadura como órgano urbanístico y de ordenación territorial. Artículo 5. De las atribuciones que corresponden a la persona titular de la Consejería competente en materia urbanismo y ordenación del territorio. Artículo 6. De l as atribuciones que corresponden a la Dirección General competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio. Artículo 7. De las atribuciones que corresponden a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. Artículo 8. Régimen de recursos.
CAPÍTULO III. De la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura
Artículo 9. De la naturaleza, estructura, composición e integración de la Comisión en la Administración de la Comunidad Autónoma. Artículo 10. De la Presidencia. Artículo 11. De los miembros de la comisión. Artículo 12. Del régimen de convocatoria y sesiones del Pleno. Artículo 13. De la secretaría. Artículo 14. De las Ponencias. Artículo 15. De la participación municipal y de las organizaciones representativas de intereses sociales. Artículo 16. Del régimen subsidiario.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. D.A. 2ª. Adaptación del Decreto 7/2007 de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento a las previsiones competenciales de este decreto. D.A. 3ª. Funcionamiento telemático y por medios electrónicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Expedientes iniciados con anterioridad a este decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.