Legislación

Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 03-07-2009

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Julio de 2009

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 128

F. Publicación: 03/07/2009

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Finalidad. Artículo 3. Alumnado beneficiario del servicio. Artículo 4. Supuestos excepcionales. Artículo 5. Calendario de transporte escolar. Artículo 6. Incompatibilidades con otras subvenciones o ayudas.
CAPÍTULO II. De las modalidades de prestación y de la organización y contratación del servicio
SECCIÓN 1.ª Modalidades de prestación y organización del servicio
Artículo 7. Modalidades. Artículo 8. Organización del servicio.
SECCIÓN 2.ª Servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera
Artículo 9. Utilización de la modalidad y preferencia. Artículo 10. Paradas. Artículo 11. Horarios. Artículo 12. Contratación del servicio. Artículo 13. Autorización de transporte regular de uso especial.
SECCIÓN 3.ª Otras modalidades de prestación del servicio
Artículo 14. Servicio en transportes públicos regulares de viajeros de uso general. Artículo 15. Contratación conjunta del servicio de transporte escolar y del servicio de transporte público regular permanente de viajeros de uso general. Artículo 16. Convenios con Corporaciones Locales o entidades privadas sin fines de lucro.
CAPÍTULO III. De las ayudas individualizadas para el transporte escolar
Artículo 17. Ayudas individualizadas.
CAPÍTULO IV. De las condiciones de seguridad y calidad
Artículo 18. Condiciones de seguridad. Artículo 19. Condiciones de calidad.
CAPÍTULO V. De la persona acompañante
Artículo 20. La persona acompañante. Artículo 21. Funciones.
CAPÍTULO VI. Del seguimiento del transporte escolar
Artículo 22. Inspección del servicio complementario de transporte escolar. Artículo 23. Seguimiento ordinario del servicio.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Alumnado de programas de cualificación profesional inicial. D.A. 2ª. Reglamento de organización y funcionamiento. D.A. 3ª. Autorizaciones de transporte regular de uso especial para alumnado de Centros docentes no sostenidos con fondos públicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Vigencia de la normativa anterior. D.T. 2ª. Centros no designados como receptores de rutas de transporte.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor.