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DECRETO 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 20-09-2021

Tiempo de lectura: 26 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Septiembre de 2021

F. entrada en vigor: 21/09/2021

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 224

F. Publicación: 20/09/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Aprobación del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa D.F. 2ª. Entrada en vigor
REGLAMENTO MARCO DE ORGANIZACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación
TÍTULO I. Marco básico de ordenación
Artículo 3. Normativa aplicable Artículo 4. Creación de Cuerpos de policía local Artículo 5. Uso de denominación Artículo 6. Delegación del mando del Cuerpo Artículo 7. Misión y funciones a desarrollar Artículo 8. Ámbito territorial de actuación Artículo 9. Colaboración entre municipios Artículo 10. Relación funcionarial
TÍTULO II. Estructura y organización de los Cuerpos de policía local
CAPÍTULO I. Escalas y categorías
Artículo 11. Titulaciones de las escalas y categorías Artículo 12. Funciones de las categorías
CAPÍTULO II. Configuración de las plantillas de los Cuerpos de policía local
Artículo 13. Número mínimo de efectivos Artículo 14. Criterios generales de creación de categorías y puestos de mando Artículo 15. Creación de categorías
CAPÍTULO III. Jefatura inmediata de la Policía local y mandos de la plantilla
Artículo 16. Jefatura inmediata del Cuerpo de policía local Artículo 17. Funciones de la jefatura inmediata del Cuerpo de policía local Artículo 18. Mandos del Cuerpo de policía local
CAPÍTULO IV. Líneas básicas de organización
Artículo 19. Conducto reglamentario Artículo 20. Jornada de trabajo Artículo 21. Horario de prestación del servicio Artículo 22. Comisiones de servicio
TÍTULO III. Régimen de acceso a los Cuerpos de policía local
CAPÍTULO I. Ingreso en los Cuerpos de policía local
Artículo 23. Categorías de ingreso
CAPÍTULO II. Ingreso en los Cuerpos de policía local a través de las categorías de Policía, Inspector o Inspectora e Intendente
Artículo 24. Procedimiento de selección Artículo 25. Reserva de plazas de la categoría de Policía Artículo 26. Reserva de plazas de las categorías de Inspector o Inspectora e Intendente Artículo 27. Requisitos Artículo 28. Proceso selectivo Artículo 29. Pruebas de oposición Artículo 30. Calificación de las pruebas de oposición Artículo 31. Calificación final de las pruebas de oposición Artículo 32. Concurso Artículo 33. Méritos valorables para el ingreso a través de la categoría de Policía Artículo 34. Méritos valorables para el ingreso a través de la categoría de Inspector o Inspectora Artículo 35. Méritos valorables para el ingreso a través de la categoría de Intendente Artículo 36. Calificación del concurso de méritos Artículo 37. Calificación final de las pruebas de oposición y del concurso Artículo 38. Nombramiento de funcionarios en prácticas Artículo 39. Curso selectivo de formación Artículo 40. Período de prácticas Artículo 41. Calificación final del proceso selectivo
CAPÍTULO III. Normas comunes aplicables a todos los procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de policía local
Artículo 42. Oferta Pública de Empleo Artículo 43. Previsión de vacantes Artículo 44. Convocatorias Artículo 45. Criterios generales de valoración de los concursos de méritos Artículo 46. Publicación de las convocatorias Artículo 47. Constitución y composición de los tribunales calificadores Artículo 48. Asesores especialistas y tribunales auxiliares Artículo 49. Causas de abstención y de prohibición de formar parte de los tribunales calificadores Artículo 50. Normas de aplicación supletoria a los tribunales calificadores
TÍTULO IV. Promoción interna y movilidad
CAPÍTULO I. Normativa aplicable
Artículo 51. Marco jurídico
CAPÍTULO II. Promoción interna
Artículo 52. Supuestos de promoción interna Artículo 53. Proceso selectivo Artículo 54. Requisitos Artículo 55. Pruebas de oposición Artículo 56. Calificación de las pruebas de oposición Artículo 57. Calificación final de las pruebas de oposición Artículo 58. Concurso Artículo 59. Calificación del concurso Artículo 60. Calificación final de las pruebas de oposición y del concurso Artículo 61. Curso selectivo de formación Artículo 62. Calificación final del proceso selectivo
CAPÍTULO III. Movilidad
Artículo 63. Norma general Artículo 64. Supuestos de movilidad Artículo 65. Requisitos Artículo 66. Proceso selectivo
CAPÍTULO IV. Normas comunes aplicables a los procesos de selección de promoción interna y movilidad
Artículo 67. Aplicación de normas generales
TÍTULO V. Formación
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 68. Formación de las policías locales Artículo 69. Principios de la planificación
CAPÍTULO II. Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid
Artículo 70. Naturaleza y sede Artículo 71. Fines Artículo 72. Funciones Artículo 73. Profesorado Artículo 74. Alumnado Artículo 75. El Consejo Académico
CAPÍTULO III. Cursos de formación
Artículo 76. Cursos selectivos de formación básica para el ingreso en los Cuerpos de policía local Artículo 77. Cursos selectivos de formación para el ascenso o promoción interna Artículo 78. Cursos selectivos de formación en procesos de movilidad Artículo 79. Cursos de formación de actualización y especialización Artículo 80. Consideración de la formación acreditada como mérito en procesos de selección y provisión de puestos de trabajo Artículo 81. Acreditación de la formación Artículo 82. Régimen de equivalencias y homologación de cursos
CAPÍTULO IV. Centros de formación policial de titularidad municipal
Artículo 83. Requisitos Artículo 84. Órganos Artículo 85. Funciones del consejo académico
TÍTULO VI. Estatuto de Personal
CAPÍTULO I. Segunda actividad
Artículo 86. Marco general de la segunda actividad Artículo 87. Tramitación del pase a la situación de segunda actividad por razón de edad Artículo 88. Tramitación del pase a la situación de segunda actividad por disminución de condiciones físicas o psíquicas Artículo 89. Tramitación del pase a la situación de segunda actividad por motivo de embarazo o lactancia Artículo 90. Destinos
CAPÍTULO II. Deberes y derechos
Artículo 91. Deberes Artículo 92. Derechos
CAPÍTULO III. Régimen de retribuciones
Artículo 93. Conceptos retributivos Artículo 94. Cuantía de las retribuciones básicas Artículo 95. Niveles de complemento de destino Artículo 96. Complemento específico
CAPÍTULO IV. Salud laboral
Artículo 97. Marco general de la salud laboral
TÍTULO VII. Régimen disciplinario
Artículo 98. Disposiciones generales Artículo 99. Procedimiento sancionador
TÍTULO VIII. Uniformidad, equipo, armamento y medios materiales
Artículo 100. Norma general sobre uniformidad, equipo, armamento y medios materiales Artículo 101. Clasificación de las prendas y efectos de la uniformidad y equipo Artículo 102. Vestuario Artículo 103. Uniforme básico Artículo 104. Documento de identificación profesional Artículo 105. Placa emblema policial Artículo 106. Cartera Artículo 107. Emblemas Artículo 108. Divisas y distintivos Artículo 109. Medallas y condecoraciones Artículo 110. Equipo Artículo 111. Armamento y medios de defensa Artículo 112. Sistemas informáticos y de comunicaciones Artículo 113. Medios móviles Artículo 114. Uso de la denominación "Policía municipal"
TÍTULO IX. Agentes Auxiliares
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 115. Ámbito de aplicación Artículo 116. Supuesto de creación de plazas de agentes auxiliares Artículo 117. Supuesto de declaración de plazas a extinguir de agentes auxiliares Artículo 118. Misión y funciones a desempeñar Artículo 119. Relación funcionarial
CAPÍTULO II. Selección de los Agentes Auxiliares
Artículo 120. Clasificación profesional y titulación requerida Artículo 121. Selección de los agentes auxiliares Artículo 122. Requisitos Artículo 123. Pruebas de la fase de oposición Artículo 124. Calificación de las pruebas de oposición y calificación final de la fase Artículo 125. Nombramiento de funcionarios en prácticas Artículo 126. Curso selectivo de formación Artículo 127. Calificación del curso selectivo de formación Artículo 128. Calificación final del proceso selectivo Artículo 129. Normas generales aplicables a los procesos selectivos de agentes auxiliares
CAPÍTULO III. Régimen retributivo y uniformidad
Artículo 130. Régimen retributivo Artículo 131. Uniformidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Escalafón D.A. 2ª. Concurrencia de procedimientos selectivos D.A. 3ª. Convalidación de la formación
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Integración en subgrupos de clasificación profesional D.T. 2ª. Retribuciones a percibir por los funcionarios no integrados en los subgrupos de clasificación profesional establecidos en la Ley 1/2018, de 22 de febrero D.T. 3ª. Descripción de las divisas D.T. 4ª. Normativa de armamento aplicable D.T. 5ª. Reglamentos municipales de los Cuerpos de policía local