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DECRETO 185/2005, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Demarcacion Municipal de Andalucia y del Registro Andaluz de Entidades Locales. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 23-09-2005

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Ambito: Andalucía

Estado: DEROGADO. Desde 11 de Octubre de 2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE GOBERNACION

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 187

F. Publicación: 23/09/2005

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Aprobación del Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. Aplicación supletoria del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. Segunda. Cooperación con el Instituto Geográfico Nacional.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1º. Procedimientos en tramitación. D.T. 2º. Número de vocales en las Entidades Locales Autónomas. D.T. 3º. Monumentalización de hitos señalizadores de líneas de términos municipales. D.T. 4º. Inscripción de entidades locales existentes.
DISPOSICION DEROGATORIA
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F.1ª. Desarrollo normativo. D.F.2º. Entrada en vigor.
ANEXO
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Principios de actuación. Artículo 3. Definiciones y conceptos. Artículo 4. Niveles homogéneos de prestación de servicios públicos obligatorios. Artículo 5. Medidas de fomento para la fusión e incorporación de Municipios.
TÍTULO II DE LAS MODIFICACIONES DE TERMINOS MUNICIPALES
CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Artículo 6. Tipos de modificaciones. Artículo 7. Continuidad territorial del término municipal.
CAPÍTULO II De la creación de Municipios
Artículo 8. Concepto.
SECCIÓN Primera de la fusión de Municipios
Artículo 9. Supuestos justificadores de la fusión. Artículo 10. Falta de recursos para prestar los servicios públicos obligatorios. Artículo 11. Confusión de núcleos urbanos.
SECCIÓN Segunda de la creación de Municipios por segregación
Artículo 12. Existencia de núcleo de población como base de la segregación. Artículo 13. Requisitos para la segregación. Artículo 14. Segregación sobre la base de territorios constituidos en Entidades Locales Autónomas. Artículo 15. Inaplicabilidad de las normas de la fusión al procedimiento de segregación.
CAPÍTULO III De la supresión de Municipios
Artículo 16. Clases de supresiones. Artículo 17. Supuestos justificadores de la supresión por incorporación. Artículo 18. Acuerdo de supresión.
CAPÍTULO IV De la alteración de términos municipales
Artículo 19. Concepto. Artículo 20. Supuestos justificadores de la alteración de términos municipales. Artículo 21. Acuerdo de alteración de términos municipales.
CAPÍTULO V De los procedimientos de creación, supresión y alteración de Municipios
Sección Primera Iniciación del procedimiento
Artículo 22. Sujetos legitimados para iniciar el procedimiento. Artículo 23. Plazo de repetición de la iniciativa. Artículo 24. Iniciativa municipal. Artículo 25. Iniciativa provincial. Artículo 26. Iniciativa vecinal. Artículo 27. Iniciativa autonómica. Artículo 28. Iniciativa de la Entidad Local Autónoma.
SECCIÓN Segunda Tramitación del procedimiento
Artículo 29. Formación del expediente. Artículo 30. Remisión del expediente a la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 31. Duración de los procedimientos. Artículo 32. Calificación, subsanación y audiencia a Municipios afectados. Artículo 33. Información pública sobre la iniciativa. Artículo 34. Instrucción del procedimiento por la Consejería de Gobernación. Artículo 35. Informe de Diputación Provincial y Consejo Andaluz de Municipios. Artículo 36. Propuesta de resolución.
SECCIÓN Tercera Terminación del procedimiento
Artículo 37. Terminación del procedimiento. Artículo 38. Incorporación de Municipios afectados. Artículo 39. Acumulación de procedimientos de modificación de términos municipales.
CAPÍTULO VI De los efectos de las modificaciones de términos municipales sobre la organización municipal
Artículo 40. Comisión Gestora de Municipios fusionados. Artículo 41. Administración municipal en supuestos de segregación con creación de nuevo Municipio. Artículo 42. Vocales gestores en supuestos de alteraciones de términos municipales. Artículo 43. Administración interina.
TÍTULO III DE LAS ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS
Artículo 44. Concepto de Entidad Local Autónoma.
CAPÍTULO I De la constitución de las Entidades Locales Autónomas
SECCIÓN Primera Requisitos para la constitución
Artículo 45. Requisitos de las Entidades Locales Autónomas.
SECCIÓN Segunda Fase Municipal
Artículo 46. Sujetos legitimados para la iniciativa de la constitución de la Entidad Local Autónoma. Artículo 47. Iniciativa del Ayuntamiento interesado. Artículo 48. Iniciativa vecinal. Artículo 49. Memoria. Artículo 50. Información pública de la memoria. Artículo 51. Acuerdo municipal.
SECCIÓN Tercera Fase Autonómica
Artículo 52. Instrucción del procedimiento.
SECCIÓN Cuarta Terminación
Artículo 53. Acuerdo del Consejo de Gobierno. Artículo 54. Incompatibilidad de procedimientos.
CAPÍTULO II Del Régimen Jurídico de las Entidades Locales Autónomas
Artículo 55. Competencias propias de las Entidades Locales Autónomas. Artículo 56. Competencias delegadas por el Municipio. Artículo 57. Organos de Gobierno. Artículo 58. La titularidad de la Presidencia o Alcaldía de la Entidad Local Autónoma. Artículo 59. La Junta Vecinal. Artículo 60. Estatuto de los componentes de la Junta Vecinal. Artículo 61. Comisiones Gestoras. Artículo 62. Régimen de funcionamiento. Artículo 63. Personal de las Entidades Locales Autónomas. Artículo 64. Población de la Entidad Local Autónoma. Artículo 65. Criterios para la determinación del territorio vecinal. Artículo 66. Tratamiento y distinciones.
CAPÍTULO III De la Hacienda de las Entidades Locales Autónomas
Artículo 67. Recursos propios. Artículo 68. Participación en los tributos del Municipio. Artículo 69. Financiación de competencias delegadas. Artículo 70. Comprobación municipal. Artículo 71. Presupuestos de las Entidades Locales Autónomas.
CAPÍTULO IV De la alteración y extinción de las Entidades Locales Autónomas
SECCIÓN PRIMERA Alteración de las entidades locales autónomas
Artículo 72. Alteraciones del territorio vecinal. Artículo 73. Procedimiento para la alteración.
SECCIÓN SEGUNDA Extinción de las entidades locales autónomas
Artículo 74. Supuestos justificadores de la supresión de Entidades Locales Autónomas. Artículo 75. Iniciativa para la supresión. Artículo 76. Procedimiento de supresión.
CAPÍTULO V Del procedimiento de adaptación de las Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio al régimen de las Entidades Locales Autónomas
Artículo 77. Régimen jurídico. Artículo 78. Procedimiento simplificado de adaptación. Artículo 79. Procedimiento ordinario. Artículo 80. Supresión de la entidad. Artículo 81. Plazo de la iniciativa de adaptación.
TÍTULO IV DE LA DEMARCACION, DESLINDE Y AMOJONAMIENTO
CAPÍTULO I De la demarcación
Artículo 82. Conceptos. Artículo 83. Demarcación municipal. Artículo 84. Eliminación de discontinuidades territoriales. Artículo 85. Sustitución de líneas provisionales. Artículo 86. Demarcación de las Entidades Locales Autónomas. Artículo 87. Conceptos. Artículo 88. Comisiones de deslinde. Artículo 89. Procedimiento en caso de mutuo acuerdo. Artículo 90. Procedimiento en caso de divergencias. Artículo 91. Efectos de la incomparecencia de las comisiones de deslinde. Artículo 92. Efecto de la no celebración de las sesiones plenarias. Artículo 93. Efectos de la negativa de constituir comisión de deslinde. Artículo 94. Inamovilidad de los límites establecidos. Artículo 95. Otras entidades locales afectadas por el deslinde. Artículo 96. Amojonamiento.
TÍTULO V DEL NOMBRE Y CAPITALIDAD DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS
CAPÍTULO I Del cambio de capitalidad
Artículo 97. Concepto de capitalidad. Artículo 98. Causas de la alteración de la capitalidad. Artículo 99. Fase Local. Artículo 100. Información pública y formación del expediente. Artículo 101. Fase Autonómica. Artículo 102. Resolución del procedimiento.
CAPÍTULO II Del cambio de denominación
Artículo 103. Procedimiento. Artículo 104. Reglas limitadoras. Artículo 105. Carácter oficial del cambio de denominación.
TÍTULO VI DEL REGISTRO ANDALUZ DE ENTIDADES LOCALES
CAPÍTULO I De la organización general del Registro
Artículo 106. Naturaleza y adscripción orgánica. Artículo 107. Principios de gestión y funcionamiento. Artículo 108. Ambito subjetivo. Artículo 109. Información extraregistral.
CAPÍTULO II De los asientos registrales
Artículo 110. Inscripción de oficio. Artículo 111. Solicitud de inscripción. Artículo 112. Requerimiento de información. Artículo 113. Datos registrales. Artículo 114. Obligatoriedad de la inscripción y código de registro.
CAPÍTULO III De la modificación de los datos registrales
Artículo 115. Alteración de los datos registrales. Artículo 116. Anotaciones provisionales.
CAPÍTULO IV De la cancelación de inscripciones
Artículo 117. Supresión o extinción de entidades locales. Artículo 118. Solicitud de cancelación. Artículo 119. Datos de carácter personal.