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DECRETO 184/2014, de 31 de octubre, del Consell, regulador del alojamiento turístico rural en el interior de la Comunitat Valenciana. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 03-11-2014

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: DEROGADO. Desde 08 de Mayo de 2021 por DECRETO 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobacion del Reglamento regulador del alojamiento turistico en la Comunitat Valenciana. [2021/999]

F. entrada en vigor: 04/11/2014

Órgano emisor: CONSELLERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7394

F. Publicación: 03/11/2014


PREÁMBULO
DECRETO
CAPÍTULO I Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación
CAPÍTULO II Modalidades y categorías
Artículo 3. Modalidades y categorías Artículo 4. Casas rurales Artículo 5. Acampada en finca particular con vivienda habitada Artículo 6. Albergue turístico Artículo 7. Especialidades de las casas rurales Artículo 8. Distintivos Artículo 9. Requisitos
CAPÍTULO III Alojamiento turístico rural. Bases de la clasificación
SECCIÓN PRIMERA. Requisitos técnicos generales
Artículo 10. Requisitos generales Artículo 11. Edificaciones Artículo 12. Salones, comedores y mobiliario Artículo 13. Otras dependencias
SECCIÓN SEGUNDA. Requisitos técnicos específicos
Artículo 14. Requisitos Artículo 15. Clasificación
CAPÍTULO IV Del alojamiento en casas rurales
SECCIÓN PRIMERA. Requisitos técnicos
Artículo 16. Requisitos generales Artículo 17. Requisitos específicos Artículo 18. Alojamiento compartido Artículo 19. Alojamiento no compartido
SECCIÓN SEGUNDA. Régimen administrativo
Artículo 20. Comunicación de puesta en funcionamiento y clasificación turística. Artículo 21. Inscripción del establecimiento en el Registro Artículo 22. Dispensas Artículo 23. Periodo de funcionamiento y baja del establecimiento Artículo 24. Modificaciones
CAPÍTULO V. Del alojamiento en acampada en finca particular
SECCIÓN PRIMERA. Requisitos técnicos
Artículo 25. Dotación de la finca, terreno y vivienda
SECCIÓN SEGUNDA. Régimen administrativo
Artículo 26. Comunicación de puesta en funcionamiento y clasificación turística.
CAPÍTULO VI Del alojamiento en albergue turístico
SECCIÓN PRIMERA. Requisitos técnicos
Artículo 27. Edificación y capacidad Artículo 28. Requisitos específicos Artículo 29. Particularidades
SECCIÓN segunda Régimen administrativo
Artículo 30. Comunicación de puesta en funcionamiento y clasificación turística.
CAPÍTULO VII. Del alojamiento en hoteles y hostales rurales
Artículo 31. Requisitos
CAPÍTULO VIII. Del alojamiento en apartamentos turísticos rurales
Artículo 32. Requisitos
CAPÍTULO IX. Del cumplimiento general de la normativa turística
Artículo 33. Precios y reservas Artículo 34. Cumplimiento de otras normas Artículo 35. Responsabilidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen sancionador D.A. 2ª. Normativa aplicable a los albergues juveniles o «youth hostels» D.A. 3ª. Incidencia económica en la dotación de gasto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa aplicable a los expedientes en tramitación D.T. 2ª. Plazo de adaptación de los establecimientos de alojamiento turístico rural inscritos en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Norma que se deroga
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Entrada en vigor ANEXO I. Requisitos específicos de las casas rurales ANEXO II. Requisitos específicos de los albergues turísticos COMUNICACIÓN/DECLARACIÓN RESPONSABLE REFERENTE AL ALOJAMIENTO TURÍSTICO RURAL EN EL INTERIOR DE LA COMUNITAT VALENCIANA