Legislación

DECRETO 181/2009, de 20 de octubre, del Gobierno de Aragon, por el que se regulan los nucleos zoologicos en la Comunidad Autonoma de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 11-11-2009

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Noviembre de 2009

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 219

F. Publicación: 11/11/2009

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones.
CAPÍTULO II. Autorización y registro de los núcleos zoológicos
Artículo 4. Autorización y registro de los núcleos zoológicos. Artículo 5. Requisitos y condiciones para la autorización. Artículo 6. Solicitud de autorización. Artículo 7. Tramitación del procedimiento de autorización. Artículo 8. Resolución de las solicitudes. Artículo 9. Revocación y suspensión de las autorizaciones. Artículo 10. Registro de núcleos zoológicos de Aragón. Artículo 11. Creación de fichero de datos de carácter personal. Artículo 12. Anotaciones en el Registro. Artículo 13. Coordinación con el Registro general de explotaciones ganaderas.
CAPÍTULO III. Otras disposiciones
Artículo 14. Libro de registro. Artículo 15. Obligaciones documentales. Artículo 16. Deberes de información. Artículo 17. Identificación de los animales. Artículo 18. Transporte y movimiento de animales de los núcleos zoológicos. Artículo 19. Manejo, comercio y sacrificio de animales. Artículo 20. Autorización específica para los núcleos zoológicos itinerantes o temporales. Artículo 21. Inspección y control. Artículo 22. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de autorizaciones existentes. D.T. 2ª. Solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de este decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Cláusula derogatoria.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo. D.F. 2ª. Habilitación especifica para modificación de anexos. D.F. 3ª. Habilitación específica para modificación de actividades consideradas núcleo zoológico. D.F. 4ª. Actualizaciones sobre el fichero de protección de datos de carácter personal. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón. D.F. 6ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Listado no taxativo de centros o establecimientos que tienen la consideración de núcleos zoológicos ANEXO II. Distancias mínimas de núcleos zoológicos (en metros) ANEXO III. Condiciones y requisitos de los núcleos zoológicos ANEXO IV. Fichero de datos de carácter personal del Registro de núcleos zoológicos de Aragón ANEXO V. Procedimientos autorizados para el sacrificio de animales de compañía de centros de cría, establecimientos de venta o de mantenimiento temporal