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Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 10-10-2016

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Mayo de 2020

F. entrada en vigor: 11/10/2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE JUSTICIA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 195

F. Publicación: 10/10/2016


Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Adaptación para las personas con discapacidad del curso de formación básica para voluntariado de protección civil.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de Reglamentos de Agrupaciones. D.T. 2ª. Inscripciones en el Registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.T. 3ª. Adaptación a la imagen corporativa. D.T. 4ª. Voluntariado de las Agrupaciones. D.T. 5ª. Impartición de la formación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO GENERAL DE LAS AGRUPACIONES LOCALES DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Agrupación Local del Voluntariado de Protección Civil. Artículo 4. Miembros del voluntariado de Protección Civil.
CAPÍTULO II. Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 5. Creación, modificación, disolución y registro de la Agrupación. Artículo 6. Dependencia orgánica y funcional. Artículo 7. Ámbito territorial de actuación. Artículo 8. Ámbito funcional de actuación. Artículo 9. Actuación en el ámbito del apoyo operativo. Artículo 10. Actuación en el ámbito de la prevención.
CAPÍTULO III. El voluntariado de protección civil de Andalucía
Artículo 11. Integración en las Agrupaciones y relación con la entidad local. Artículo 12. Acceso a la condición de miembro del voluntariado de protección civil. Artículo 13. Suspensión y extinción de la condición de miembro del voluntariado de protección civil. Artículo 14. Desarrollo de las funciones de los miembros del voluntariado. Artículo 15. Derechos. Artículo 16. Deberes. Artículo 17. Reconocimiento de méritos.
CAPÍTULO IV. Formación del voluntariado de protección civil de Andalucía
Artículo 18. Objetivo y desarrollo de la formación. Artículo 19. Formación del voluntariado y homologación.
CAPÍTULO V. Distintivo de las Agrupaciones
Artículo 20. Distintivo del voluntariado de protección civil. Artículo 21. Uso del distintivo.
CAPÍTULO VI. Equipamiento, vehículos e instalaciones de las Agrupaciones
Artículo 22. El equipamiento de las Agrupaciones. Artículo 23. Uso del equipamiento. Artículo 24. Automóviles. Artículo 25. Motocicletas, ciclomotores y bicicletas. Artículo 26. Embarcaciones. Artículo 27. Instalaciones.
CAPÍTULO VII. Uniformidad de las Agrupaciones
Artículo 28. La uniformidad del voluntariado de protección civil. Artículo 29. Uso de la uniformidad. ANEXO