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Decreto 156/2021, de 4 de mayo, por el que se regulan las Entidades Locales Autónomas de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 07-05-2021

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Mayo de 2021

F. entrada en vigor: 08/05/2021

Órgano emisor: CONSEJERIA DE TURISMO, REGENERACION, JUSTICIA Y ADMINISTRACION LOCAL

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 86

F. Publicación: 07/05/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Concepto y naturaleza jurídica. Artículo 2. Territorio vecinal. Artículo 3. Establecimiento de los elementos identificativos de los límites del territorio vecinal. Artículo 4. Deslindes y replanteos de los términos municipales que afecten al territorio vecinal. Artículo 5. Población de las entidades locales autónomas. Artículo 6. Símbolos de las entidades locales autónomas.
CAPÍTULO II. Competencias y potestades de las entidades locales autónomas
Artículo 7. Potestades y prerrogativas. Artículo 8. Competencias propias. Artículo 9. Competencias delegadas. Artículo 10. Competencias transferidas. Artículo 11. Ejercicio de las competencias. Artículo 12. Facultades del ayuntamiento sobre las competencias de las entidades locales autónomas. Artículo 13. Participación de las entidades locales autónomas en asuntos municipales.
CAPÍTULO III. Órganos de gobierno de las entidades locales autónomas
Artículo 14. Órganos de gobierno necesarios. Artículo 15. La presidencia. Artículo 16. Elección de la persona titular de la presidencia. Artículo 17. Cese de la persona titular de la presidencia. Artículo 18. Vacancia en la presidencia. Artículo 19. Ausencia o enfermedad de la persona titular de la presidencia. Artículo 20. La junta vecinal. Artículo 21. Vocales de la junta vecinal. Artículo 22. Vacantes en la junta vecinal.
CAPÍTULO IV. Personal de las entidades locales autónomas
Artículo 23. Personal.
CAPÍTULO V. Régimen patrimonial de las entidades locales autónomas
Artículo 24. Tipos de bienes. Artículo 25. Bienes demaniales. Artículo 26. Bienes patrimoniales. Artículo 27. Cobertura de los gastos de mantenimiento y reposición de los bienes.
CAPÍTULO VI. Régimen económico de las entidades locales autónomas
Artículo 28. Recursos financieros. Artículo 29. Presupuesto. Artículo 30. Justificación de las transferencias económicas efectuadas a las entidades locales autónomas. Artículo 31. Participación en las convocatorias de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
CAPÍTULO VII. Modificación y supresión de las entidades locales autónomas
Artículo 32. Modificación del régimen jurídico de la entidad local autónoma. Artículo 33. Supresión de las entidades locales autónomas. Artículo 34. Procedimiento de supresión de las entidades locales autónomas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Determinación de la asignación económica en los presupuestos municipales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo de la norma. D.F. 2ª. Entrada en vigor.