DECRETO 15/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles. - Boletín Oficial de Aragón de 12-02-2003
Índice
Texto
Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Mayo de 2023
F. entrada en vigor: 01/01/2004
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 17
F. Publicación: 12/02/2003
Preambulo
Artículo único.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Normas de desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.
ANEXO: REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PLAZAS DE TOROS PORTATILES
CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
CAPÍTULO II. Definición y categorías de plazas de toros portátiles
Artículo 2. Definición.
Artículo 3. Categorías de plazas de toros portátiles.
CAPÍTULO III. Condiciones y requisitos técnicos de las instalaciones
Artículo 4. Emplazamiento y condiciones de evacuación.
Artículo 5. Condiciones de las localidades.
Artículo 6. Estructura y condiciones de seguridad.
Artículo 7. Servicios y aseos de la plaza.
Artículo 8. Instalaciones para reses y caballos.
Artículo 9. Tratamiento de la carne de lidia.
Artículo 10. Enfermería.
CAPÍTULO IV. Registro de plazas de toros portátiles
Artículo 11. Registro de plazas de toros portátiles.
CAPÍTULO V. Régimen de autorización, instalación y apertura
Artículo 12. Requisitos de la solicitud.
Artículo 13. Inspección técnica de las plazas de toros portátiles.
Artículo 14. Autorización de instalación y apertura.
Artículo 15. Autorización de espectáculos taurinos en plazas de toros portátiles.
Artículo 16. Autorización de festejos taurinos populares en recintos cerrados.