DECRETO 128/2016, de 25 de agosto, por el que se regula la certificación energética de edificios en la Comunidad Autónoma de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 29-09-2016
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Septiembre de 2016
Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 186
F. Publicación: 29/09/2016
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Órgano competente
Artículo 4. Obligaciones y responsabilidades de las personas promotoras o propietarias del edificio, de los/las técnicos/as competentes y de los/las agentes autorizados/as.
CAPÍTULO II. Certificación energética
Artículo 5. Condiciones generales
Artículo 6. Validez, renovación y actualización del certificado de eficiencia energética
CAPÍTULO III. Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 7. Objeto y naturaleza
Artículo 8. Comunicación al Registro
Artículo 9. Consulta de los datos del registro
CAPÍTULO IV. Etiqueta de eficiencia energética e información a las personas consumidoras o usuarias
Artículo 10. Etiqueta de eficiencia energética
Artículo 11. Publicidad de la etiqueta de eficiencia energética
Artículo 12. Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética de los edificios
CAPÍTULO V. Control técnico e inspecciones
Artículo 13. Concepto de control técnico
Artículo 14. Alcance del control técnico
Artículo 15. Agentes autorizados/as para el control técnico
Artículo 16. Inspección
CAPÍTULO VI. Eficiencia energética en la edificación pública
Artículo 17. Certificación energética de la edificación pública
CAPÍTULO VII. Régimen sancionador
Artículo 18. Infracciones y sanciones
Artículo 19. Procedimiento sancionador
Artículo 20. Competencia sancionadora
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Edificios existentes y de nueva construcción
D.A. 2ª. Uso de materiales de cubrición de fachada
D.A. 3ª. Certificación de edificios ocupados y pertenecientes a las administraciones públicas
D.A. 4ª. Formularios normalizados
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Validez de los certificados emitidos con anterioridad a la entrada en vigor del decreto
D.T. 2ª. Solicitudes de inscripción en tramitación
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Entrada en vigor