Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas. - Diario Oficial de Cataluña de 07-09-2010
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Enero de 2021
F. entrada en vigor: 27/09/2010
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACION
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 5709
F. Publicación: 07/09/2010
Artículo único. Aprobación del Reglamento
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Registros
D.A. 2ª. Actualización de las cuantías
D.A. 3ª. Acta única de control inicial
D.A. 4ª. Ludotecas
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de las licencias
D.T. 2ª. Adaptación de los establecimientos
D.T. 3ª. Consejo Asesor de Espectáculos y Actividades Recreativas
D.T. 4ª. Control de aforos
D.T. 5ª. Prevenciones acústicas especiales
D.T. 6ª. Licencias en tramitación
D.T. 7ª. Carnet de personal de control de acceso
D.T. 8ª. Régimen transitorio en relación con las entidades colaboradoras de la Administración
D.T. 9ª. Régimen transitorio respecto a los horarios de los establecimientos públicos donde se realizan actividades de naturaleza sexual
D.T. 10ª. Régimen transitorio de determinados establecimientos abiertos al públicos de nueva regulación
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Carácter supletorio
D.F. 2ª. Aplicación de este Reglamento en el municipio de Barcelona
REGLAMENTO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
TÍTULO I. Las administraciones competentes en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
CAPÍTULO I. Administración de la Generalidad
Artículo 4. Órganos
Artículo 5. La Comisión Interdepartamental de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
Artículo 6. Normas comunes de funcionamiento de los órganos colegiados
Artículo 7. Sesiones virtuales de los órganos colegiados
CAPÍTULO II. Relaciones con la Administración local
SECCIÓN 1.ª Aspectos generales
Artículo 8. Colaboración y apoyo
Artículo 9. Información sobre el ejercicio de las competencias
SECCIÓN 2.ª Asunción y ejercicio de las competencias municipales
Artículo 10. Asunción municipal de competencias sancionadoras
Artículo 11. Subrogación en el ejercicio de competencias municipales
SECCIÓN 3.ª Delegaciones de competencias
Artículo 12. Solicitud de delegación
Artículo 13. Forma de acreditar la capacidad de gestión
Artículo 14. Tramitación de la delegación
Artículo 15. El acuerdo de delegación
Artículo 16. Delegación de competencias municipales a la Generalidad
SECCIÓN 4.ª La Comisión de Espectáculos Públicos y de Actividades Recreativas
Artículo 17. Naturaleza y adscripción
Artículo 18. Composición
Artículo 19. Régimen de funcionamiento
Artículo 20. Funciones
CAPÍTULO III. Información y participación
SECCIÓN 1ª Información y participación ciudadana
Artículo 21. Información sobre licencias, autorizaciones y comunicaciones previas
Artículo 22. Información pública
Artículo 23. Información y audiencia vecinal
Artículo 24. Iniciativa ciudadana
SECCIÓN 2.ª El Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y de Actividades Recreativas
Artículo 25. Naturaleza jurídica y adscripción orgánica
Artículo 26. Composición
Artículo 27. Régimen de organización interna y de funcionamiento
Artículo 28. Funciones
Artículo 29. Coordinación con los consejos asesores municipales
CAPÍTULO IV. Entidades colaboradoras de la Administración
Artículo 30. Funciones
Artículo 31. Registro
TÍTULO II. Requisitos y obligaciones que deben cumplir los establecimientos, los espectáculos y las actividades recreativas
CAPÍTULO I. De ubicación y de construcción
SECCIÓN 1.ª De carácter general
Artículo 32. Informe urbanístico municipal
Artículo 33. Compatibilidad acústica
Artículo 34. Prevenciones acústicas especiales
Artículo 35. Suficiencia de los accesos y los servicios de movilidad
Artículo 36. Requisitos constructivos
Artículo 37. Prevención y seguridad en caso de incendio
Artículo 38. Ocupación de la vía pública
SECCIÓN 2.ª De carácter especial
Artículo 39. Condiciones de las estructuras no permanentes desmontables
Artículo 40. Establecimientos de actividades musicales
Artículo 41. Establecimientos en los que se ejercen actividades de naturaleza sexual
CAPÍTULO II. Medidas para la protección de la seguridad y la salud
Artículo 42. Memoria de seguridad
Artículo 43. Necesidad de vigilantes de seguridad privada
Artículo 44. Funciones y requisitos de los vigilantes de seguridad privada
Artículo 45. Prevención de conductas incívicas en el exterior de los establecimientos y de los espacios abiertos al público
Artículo 46. Plan de autoprotección
Artículo 47. Condiciones de higiene y salubridad
Artículo 48. Dispositivos de asistencia sanitaria
Artículo 49. Consumición de bebidas y alimentos
CAPÍTULO III. Acceso y admisión
SECCIÓN 1.ª Derecho de admisión y limitaciones de acceso
Artículo 50. Derecho de admisión
Artículo 51. Condiciones de acceso
Artículo 52. Limitaciones generales de acceso
Artículo 53. Limitaciones de acceso para las personas menores de edad
Artículo 54. Efectos
Artículo 55. Responsables
SECCIÓN 2.ª Personal de control de acceso
Artículo 56. Definición y dependencia
Artículo 57. Obligación de disponer de personal de control de acceso
Artículo 58. Número
Artículo 59. Identificación del personal
Artículo 60. Funciones
Artículo 61. Requisitos
Artículo 62. Pruebas
Artículo 63. Habilitación
Artículo 64. Renovación del carnet y distintivo
Artículo 65. Revocación de la habilitación
SECCIÓN 3.ª Medidas para el control del aforo
Artículo 66. Determinación e información del aforo
Artículo 67. Control de aforo
Artículo 68. Obligación de contar con sistema automático de control de aforo
Artículo 69. El sistema automático de control de aforo
CAPÍTULO IV. Horarios
Artículo 70. Determinación de los horarios
Artículo 71. Aplicación del horario de cierre
CAPÍTULO V. Información y documentación
Artículo 72. Placas o rótulos normalizados
Artículo 73. Documentación
Artículo 74. Calificación de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
CAPÍTULO VI. Garantías y responsabilidades
Artículo 75. Responsabilidad de las personas titulares y de las personas organizadoras
Artículo 76. Hojas de reclamación/denuncia
Artículo 77. Personas obligadas a contratar un seguro
Artículo 78. Ámbito de cobertura del seguro
Artículo 79. Elementos del contrato de seguro
Artículo 80. Cuantías mínimas
Artículo 81. Coeficientes correctores
Artículo 82. Límites
Artículo 83. Acreditación
CAPÍTULO VII. Registros de establecimientos abiertos al público y de personas organizadoras
Artículo 84. Registros de establecimientos abiertos al público y de personas organizadoras
Artículo 85. Registros municipales
Artículo 86. Registro general
Artículo 87. Datos de los registros
Artículo 88. Inscripción
Artículo 89. Coordinación y accesibilidad
CAPÍTULO VIII. Venta de entradas o localidades
Artículo 90. Venta de entradas o localidades
TÍTULO III. Regímenes de intervención administrativa
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 91. Clasificación
Artículo 92. Autorización, licencia y comunicación previa
Artículo 93. Informes de los órganos competentes en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
Artículo 94. Declaración responsable y comunicación previa
CAPÍTULO II. Licencia municipal de establecimientos abiertos al público
SECCIÓN 1ª. Espectáculos y establecimientos abiertos al público
Artículo 95. Licencia municipal
SECCIÓN 2.ª Solicitud y documentación
Artículo 96. Solicitud
Artículo 97. Documentación
Artículo 98. Proyecto técnico
Artículo 99. Presentación simultánea de otras solicitudes
SECCIÓN 3.ª Tramitación y resolución
Artículo 100. Suficiencia de la solicitud y de la documentación presentada
Artículo 101. Informes preceptivos
Artículo 102. Tramitación del procedimiento
Artículo 103. Propuesta de resolución
Artículo 104. Resolución
Artículo 105. Contenido de la licencia
SECCIÓN 4.ª Supuestos especiales
Artículo 106. Licencias en inmuebles singulares que no cumplen todos los requisitos
Artículo 107. Licencia de establecimientos no permanentes desmontables
CAPÍTULO III. Licencias y autorizaciones para espectáculos públicos o actividades recreativas de carácter extraordinario
Artículo 108. Aplicación
Artículo 109. Determinación de los que están sujetos a autorización o licencia
Artículo 110. Espectáculos y actividades organizados por los ayuntamientos
Artículo 111. Requisitos generales
Artículo 112. Requisitos para los espectáculos públicos y actividades recreativas realizados en espacios abiertos
Artículo 113. Memoria de espectáculo público o actividad de carácter extraordinario
Artículo 114. Procedimiento de solicitud y tramitación de la licencia municipal
Artículo 115. Autorización del uso de espacios abiertos de titularidad pública
Artículo 116. Procedimiento de solicitud y tramitación de la autorización de la Generalidad
Artículo 117. Contenido de licencias y autorizaciones para espectáculos públicos o actividades recreativas de carácter extraordinario
CAPÍTULO IV. Autorización y licencia de establecimientos de régimen especial
Artículo 118. Los establecimientos de régimen especial
Artículo 119. Condiciones y requisitos especiales
Artículo 120. Solicitud y tramitación de la autorización la Generalidad
Artículo 121. Solicitud y tramitación de las licencias municipales
CAPÍTULO V. Autorizaciones y licencias provisionales
Artículo 122. Supuestos en que se pueden otorgar
Artículo 123. Procedimiento
CAPÍTULO VI. Comunicación previa
Artículo 124. Supuestos en que procede
Artículo 125. Condiciones y requisitos de la comunicación previa
CAPÍTULO VII. Transmisión y modificación
Artículo 126. Transmisión
Artículo 127. Modificación de los establecimientos y de sus instalaciones
Artículo 128. Modificación de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
Artículo 129. Cambio de las personas organizadoras y representantes
TÍTULO IV. Control e inspección
CAPÍTULO I. Los controles
Artículo 130. Sistema de controles
Artículo 131. El control inicial
Artículo 132. Los controles periódicos
Artículo 133. Derechos y obligaciones de la persona titular del establecimiento
Artículo 134. Documentación a presentar
Artículo 135. Control de los establecimientos sujetos a licencia o autorización
Artículo 136. Control de los establecimientos sujetos a comunicación previa
Artículo 137. Contenido del acta y del informe de control
Artículo 138. Las entidades colaboradoras de la Administración
Artículo 139. Revisión de los controles efectuados por entidades colaboradoras de la Administración
CAPÍTULO II. Las revisiones e inspecciones
Artículo 140. Sujeción a revisión periódica
Artículo 141. Competencia para inspeccionar
Artículo 142. Ejercicio de la función inspectora
Artículo 143. Efectos y consecuencias de las inspecciones
Artículo 144. Programación y realización de las inspecciones
Artículo 145. Objetivos y planes y programas de inspección
TÍTULO V. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Especificaciones y graduaciones de las infracciones y sanciones
Artículo 146. Especificaciones para la tipificación de faltas muy graves
Artículo 147. Especificaciones para la tipificación de faltas graves y la excepción
Artículo 148. Graduación de las sanciones por la comisión de faltas muy graves
Artículo 149. Graduación de las sanciones por la comisión de faltas graves
Artículo 150. Reincidencia
Artículo 151. Sustitución de la sanción por advertencia
Artículo 152. Publicidad
Artículo 153. Reparación de los daños
Artículo 154. Medidas sin carácter sancionador
CAPÍTULO II. Registro de infracciones y sanciones
Artículo 155. Adscripción y contenido del Registro
Artículo 156. Registro de los datos
Artículo 157. Acceso a los datos del Registro
Artículo 158. Cancelación de los datos
CAPÍTULO III. Especificidades del procedimiento sancionador
Artículo 159. Aplicación general del procedimiento sancionador de la Generalidad
Artículo 160. Competencia
Artículo 161. Coordinación entre Generalidad y ayuntamientos
CAPÍTULO IV. Las medidas provisionales
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 162. Finalidades y criterios generales
Artículo 163. Tipología
SECCIÓN 2.ª Las medidas provisionales
Artículo 164. Medidas provisionales en el marco de un procedimiento sancionador
SECCIÓN 3.ª Las medidas provisionales previas
Artículo 165. Supuestos en que proceden medidas provisionales previas
Artículo 166. Órganos competentes para adoptar medidas provisionales previas
SECCIÓN 4.ª Las medidas provisionales inmediatas
Artículo 167. Supuestos en que se pueden adoptar medidas provisionales inmediatas
Artículo 168. Determinación de la medida provisional inmediata
Artículo 169. Apreciación de las circunstancias que justifican las medidas provisionales inmediatas
Artículo 170. Procedimiento para adoptar medidas provisionales inmediatas
Artículo 171. Vigencia de las medidas provisionales inmediatas
ANEXO I. El catálogo de los espectáculos públicos, actividades recreativas y de los establecimientos o espacios abiertos al público donde éstos se llevan a cabo
ANEXO II. Entidades colaboradoras de la Administración
ANEXO III. Sistemas de control de aforo
ANEXO IV. Letreros y placas normalizados
ANEXO V. Centros, módulos, temario y pruebas para la habilitación de personal de control de acceso