DECRETO 100/2016, de 7 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 09-08-2016
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Agosto de 2016
F. entrada en vigor: 10/08/2016
Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 150
F. Publicación: 09/08/2016
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Publicación e inscripción
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación de los estatutos anteriores
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor
ANEXO. Estatutos del Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Galicia
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza jurídica
Artículo 2. Relaciones con la Administración
Artículo 3. Ámbito territorial y domicilio
Artículo 4. Miembros del Colegio
Artículo 5 Fines
Artículo 6. Funciones
Artículo 7. Del uso del gallego
Artículo 8. Ventanilla única
Artículo 9. Servicio de atención a colegiados/as y a consumidores/as o usuarios/as
Artículo 10. Memoria anual
TÍTULO II. De los/las colegiados/as
CAPÍTULO I. Adquisición, denegación y pérdida de la condición de colegiado/a
Artículo 11. Colegiación
Artículo 12. Denegaciones
Artículo 13. Bajas
Artículo 14. Reincorporación
Artículo 15. Colegiación única y ejercicio en territorio diferente al de la colegiación
CAPÍTULO II. De los derechos y deberes de los/las colegiados/as
Artículo 16. Derechos
Artículo 17. Deberes
CAPÍTULO III. Del ejercicio de la profesión bajo forma societaria
Artículo 18. Sociedades profesionales
Artículo 19. Registro de Sociedades Profesionales
CAPÍTULO IV. Regulación del ejercicio profesional
Artículo 20. Visado de trabajos profesionales
TÍTULO III. Organización básica del Colegio
CAPÍTULO I. De los órganos del Colegio, sus normas de constitución y funcionamiento y sus competencias
Artículo 21. Órganos de representación
Artículo 22. La Asamblea general
Artículo 23. Competencias de la Asamblea general
Artículo 24. Funcionamiento de la Asamblea general
Artículo 25. Moción de censura
Artículo 26. La Junta de Gobierno
Artículo 27. Competencias de la Junta de Gobierno
Artículo 28. Funcionamiento de la Junta de Gobierno
Artículo 29. Vacantes en la Junta de Gobierno
Artículo 30. Atribuciones del/de la presidente/a
Artículo 31. Atribuciones del/de la vicepresidente/a
Artículo 32. Atribuciones del/de la secretario/a
Artículo 33. Atribuciones del/de la vicesecretario/a
Artículo 34. Atribuciones del/de la tesorero/a
Artículo 35. Atribuciones del/de la vicetesorero/a
Artículo 36. Atribuciones de los/las vocales
CAPÍTULO II. Del régimen económico y administrativo
Artículo 37. Capacidad jurídica en el ámbito económico y patrimonial
Artículo 38. Recursos económicos del Colegio
Artículo 39. Presupuesto anual
Artículo 40. Gastos
Artículo 41. Censores de cuentas
Artículo 42. Liquidación de bienes
TÍTULO IV. Del régimen electoral
Artículo 43. Disposición general
Artículo 44. Electores y elegibles
Artículo 45. Convocatoria
Artículo 46. Junta electoral
Artículo 47. Fines y funciones de la Junta electoral
Artículo 48. Censo electoral
Artículo 49. Candidaturas
Artículo 50. Mesa electoral
Artículo 51. Votación
Artículo 52. Escrutinio
Artículo 53. Recursos
TÍTULO V. Del régimen disciplinario
Artículo 54. Régimen disciplinario
Artículo 55. Faltas
Artículo 56. Sanciones
Artículo 57. Prescripciones
Artículo 58. Procedimiento sancionador
Artículo 59. Recursos contra sanciones
TÍTULO VI. Régimen jurídico de los actos colegiales
Artículo 60. Régimen jurídico de los actos colegiales
Artículo 61. Tipos de recursos
Artículo 62. Nulidad de los actos de los órganos colegiales
Artículo 63. Suspensión de los actos de los órganos colegiales
TÍTULO VII. Reforma de los estatutos
Artículo 64. Reforma de los estatutos
TÍTULO VIII. Transformación y disolución del Colegio
Artículo 65. Segregación, absorción, fusión o disolución del Colegio