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Ddt �nica TR. del Régimen Económico y Presupuestario

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D.DT. Única. Derogación normativa.

Vigente

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Quedan derogadas las siguientes normas:

1. La Ley 6/86, de 31 de mayo, de régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias, en su redacción a 1 de enero de 1998.

2. Ley 10/91, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Principado de Asturias para 1992, artículo 9 en sus apartados 1, 2 y 4, y artículo 10.

3. Ley 1/93, de 20 de mayo, de presupuestos generales del Principado de Asturias para 1993, artículo 7 y artículo 8.

4. Ley 10/96, de 31 de diciembre, de presupuestos generales del Principado de Asturias para 1997, artículo 10, artículo 14, artículo 20 y artículo 21.

5. Ley 6/97, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1998, artículo 6 en sus apartados 1 y 2,artículo 8 en sus apartados 1 y 3, artículo 11, artículo 13, artículo 14 en sus apartados 2, 3 y 4, artículo 15 en su apartado 1, artículo 30, artículo 34, artículo 38, artículo 41 y la disposición adicional tercera.

Quedan derogadas asimismo, a la entrada en vigor del presente Decreto Legislativo, las disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma que se opongan a lo previsto en el mismo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-1998 en vigor desde 03-07-1998