Da única desarrolla los r...sito aereo

Da única desarrolla los requisitos para la certificacion de los proveedores civiles de formacion de controladores de transito aereo

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D.A. UNICA. Formación de unidad en casos de sustitución en el desempeño de funciones operativas de control de tránsito aéreo por razón de la edad.

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1. La sustitución en el desempeño de funciones operativas de control de tránsito aéreo por razón de la edad irá precedida de un período de transición destinado a la formación práctica de trabajo del controlador de tránsito aéreo o alumno controlador de tránsito aéreo que vaya a sustituir al controlador que cese por edad.

2. El proveedor de servicios de tránsito aéreo deberá comunicar a los controladores de tránsito aéreo que deban cesar en el desempeño de funciones operativas de control de tránsito aéreo por razones de edad, la fecha de inicio del período de transición, con una antelación de, al menos, 30 días.

El período de transición tendrá la duración adecuada para asegurar la formación del controlador o alumno controlador que vaya a asumir sus funciones y garantizar la continuidad y seguridad en la prestación del servicio.

3. Durante el período de transición, los controladores de tránsito aéreo que vayan a cesar en sus funciones operativas cuya licencia contenga una anotación de instructor, además de realizar sus funciones operativas están obligados a instruir en formación práctica de trabajo al controlador de tránsito aéreo o alumno controlador de tránsito aéreo que vaya a asumir sus funciones.

En otro caso, deberán prestar toda su colaboración para facilitar la formación del controlador de tránsito aéreo o alumno controlador de tránsito aéreo que vaya a asumir sus funciones, evitando cualquier conducta que pueda obstruirla, dificultarla o retrasarla.