Da �nica Nombramiento de personal interino para el desempeño transitorio de plazas reservadas a funcionarios y contratación temporal de personal laboral
D.A. 1ª. Encomienda de gestión.
La realización material de los llamamientos al personal integrante de las listas confeccionadas de conformidad con este decreto para la cobertura de puestos correspondientes a centros y/o unidades dependientes de una/s consellerías en concreto podrá encomendarse a las mismas mediante el procedimiento y en los supuestos previstos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o norma que la sustituya.
La encomienda de gestión no supondrá la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto del encargo.
- Artículo modificado por DECRETO 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.
(DOGA de 10-06-2019) en vigor desde 11-06-2019