Da 7 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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D.A. 7ª. Designación de órganos o personas como delegados de protección de datos.

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1. Los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos autónomos designarán a uno o varios órganos o personas como delegados de protección de datos antes del 30 de abril de 2021. En los departamentos en los que vencido el plazo no hayan sido designados, asumirán las funciones de delegados de protección de datos las Secretarías Generales Técnicas, Secretarías Generales u órganos equivalentes.

2. Hasta tanto se proceda a dichas designaciones actuará como Delegada de Protección de Datos en el Servicio Canario de la Salud, tanto para los centros sanitarios públicos legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, como para el resto de tratamientos de datos de dicho organismo, la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud.

3. Las personas titulares de cada departamento u organismo autónomo quedan facultadas para designar, además de los mínimos establecidos en los apartados anteriores, a los órganos o personas delegados de protección de datos que consideren necesarios en función de la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines de los tratamientos de cada uno.

4. Los departamentos y organismos autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias garantizarán que los órganos o personas que se designen como Delegados de Protección de Datos cuenten con los recursos materiales y humanos necesarios para el desempeño de sus funciones, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines de los tratamientos de cada uno, así como asegurar el mantenimiento de los conocimientos especializados necesarios para su ejercicio.

5. Corresponderá a la persona titular de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente designar las personas que formen parte de la Comisión de Protección de Datos Personales, en los supuestos de ausencia de Delegado de Protección de Datos y cuando en un Departamento u organismo autónomo existiesen más de dos delegados de protección de datos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021