Da 6 Sector ferroviario -Vigente-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 6ª. Trenes históricos.
Vigente
Los servicios ferroviarios que se presten con vehículos motores, remolcados o automotores catalogados como históricos, con y sin viajeros, cuyo fin último sea la realización de una actividad cultural y la conservación y difusión del patrimonio ferroviario, quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley y se regirán por su normativa específica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-09-2015 en vigor desde 01-10-2015