Da 6 Fundaciones de Cantabria
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D.A. 6ª. Administración electrónica.

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Las fundaciones estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con el Registro y el Protectorado de fundaciones de Cantabria, de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2020 en vigor desde 04-08-2020