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Da 5 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas

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D.A. 5ª. Creación del Libro Registro de Sanciones

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Se crea el Libro Registro de Sanciones como registro de titularidad pública, naturaleza administrativa y carácter autonómico que se residencia en la conselleria con competencia en materia de vivienda.

El Registro se conformará informáticamente y funcionará exclusivamente a través de medios electrónicos, con el soporte de la aplicación informática creada al efecto, la cual deberá ser plenamente interoperable, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales con el Registro de Viviendas Deshabitadas.

La dirección general competente en materia de función social de la vivienda será la responsable de la gestión y el mantenimiento actualizado de los datos contenidos en el Registro.

Serán objeto de inscripción en el mismo las sanciones administrativas impuestas en materia de función social de la vivienda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021