Da 5 Coordinación de Policías Locales de Madrid
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»D.A. 5ª. Equivalencias de categorías.
Vigente
A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las anteriores categorías de Inspector, Subinspector, Oficial, Suboficial, Sargento, Cabo y Policía se equipararán a las que se establecen en el artículo 33, de acuerdo con las siguientes equivalencias:
a) Inspector: categoría de Comisario o Comisaria General.
b) Subinspector: categoría de Comisario o Comisaria Principal.
c) Oficial: categoría de Comisario o Comisaria.
d) Suboficial: categoría de Inspector o Inspectora.
e) Sargento: categoría de Subinspector o Subinspectora.
f) Cabo: categoría de Oficial.
g) Policía: categoría de Policía.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 22-12-2022) en vigor desde 23-12-2022