Da 47 Medidas 1997 Fiscal...den Social

Da 47 Medidas 1997 Fiscales, Administrativas y del Orden Social

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D.A. 47ª. Modificación del artículo 36 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

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Se modifican los apartados dos, tres y cinco del artículo 36 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, que quedan redactados de la siguiente manera:

«Dos. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación o realización por los organismos competentes que tengan atribuida la condición de autoridad meteorológica del Estado, de las siguientes actuaciones:

a) La expedición de certificaciones sobre información meteorológica que conste en los archivos de dichos organismos relativa al tiempo atmosférico pasado.

b) La emisión de informes oficiales sobre situaciones de naturaleza meteorológica relativos al tiempo atmosférico pasado.

c) Prestación de servicios de carácter pericial en materia meteorológica.

Tres. Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas a quienes afecten o beneficien, personalmente o en sus bienes, los servicios o actividades públicas que constituyen el hecho imponible de la misma.»

«Cinco. El devengo de la tasa se producirá cuando se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, sin perjuicio de la posibilidad de exigir, en ambos casos, su depósito previo, que podrá tener carácter estimado si la determinación de la cuantía de la tasa no pudiera fijarse en dicho momento, practicándose con posterioridad por el órgano gestor la liquidación que corresponda.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1997 en vigor desde 01-01-1998