Da 45 Presupuestos 2014 Canarias

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D.A. 45ª.- Competencias de la Dirección General del Tesoro en materia de pagos.

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1. Durante el ejercicio 2014 corresponderá a la Dirección General del Tesoro la ordenación general y la materialización de pagos, de los entes del sector público con presupuesto limitativo a que se refiere el apartado 1 del artículo 3 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias.

2. El Gobierno, atendiendo a criterios de volumen de gasto, número de centros de gasto y nivel de cofinanciación de los fondos gestionados, podrá autorizar a los entes con presupuesto limitativo la materialización de sus pagos, viniendo obligados los entes autorizados a facilitar toda la información requerida a la Dirección General del Tesoro.

3. Esta disposición entrará en vigor el mismo día de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de control de deuda comercial en el sector público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2013 en vigor desde 01-01-2014