Da 4 Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía
Da 4 Protección, Bienesta...e compañía

Da 4 Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 4ª. Incidencia presupuestaria y destino de ingresos

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Esta ley tiene incidencia presupuestaria en los presupuestos de la Generalitat, que dotará económicamente a las diputaciones y entidades locales, a fin de cumplir el principio de suficiencia financiera en garantía de la autonomía local desde la perspectiva de la atribución de nuevas responsabilidades y funciones que se calificarán como competencias propias de los municipios, en materia de protección y bienestar animal.

2. Las administraciones local y autonómica destinarán los ingresos provenientes de las sanciones por las infracciones de esta ley y las tasas establecidas en la disposición adicional tercera a actuaciones que tengan por objeto el fomento de la protección de los animales y las finalidades de esta ley.

3. Los municipios que no dispongan de medios para asumir las competencias y las correspondientes funciones atribuidas por esta ley subscribirán acuerdos y convenios con las diputaciones provinciales correspondientes en el marco de su función de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios para el ejercicio de las funciones y competencias que ambas acuerden en los términos establecidos en el marco de la normativa reguladora de régimen local y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Las mancomunidades de municipios, en los términos establecidos en los estatutos respectivos, podrán ejercer las funciones y competencias en un modelo de economía de escala con el fin de prestar servicios de competencia municipal atribuidas en esta ley y respecto a la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-03-2023 en vigor desde 15-03-2023