Da 4 Ordenación Farmacéutica de I. Balears
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»D.A. 4ª.
Vigente
Dadas sus especiales circunstancias, la Consejería de Sanidad y Consumo podrá iniciar, de oficio, el procedimiento para otorgar la autorización de una oficina de farmacia al campus de la Universidad de las Islas Baleares y a los aeropuertos de Menorca y de Ibiza, sin sujeción a los módulos de habitantes y distancias mínimas fijados en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-11-1998 en vigor desde 22-11-1998