Da 4 Estatuto Juridico del Personal Estatutario del Servicio de Salud
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»D.A. 4ª. Convenios de colaboración.
Vigente
La Consejería competente en materia de sanidad podrá formalizar convenios de colaboración con otras Administraciones Sanitarias, para posibilitar que el personal funcionario de carrera y estatutario fijo de los respectivos Servicios de Salud pueda acceder, indistintamente, a los procedimientos de provisión establecidos para ambos tipos de personal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-2007 en vigor desde 14-04-2007