Da 4 Escuela Pública Vasca

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D.A. 4ª.

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De acuerdo con el objetivo de escolarización a partir de los cero años expresado en el artículo 9, se arbitrarán las medidas necesarias para planificar la capacitación del profesorado que se responsabilice de aquella escolarización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-1993 en vigor desde 26-02-1993