Da 4 Escuela Pública Vasca
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»D.A. 4ª.
Vigente
De acuerdo con el objetivo de escolarización a partir de los cero años expresado en el artículo 9, se arbitrarán las medidas necesarias para planificar la capacitación del profesorado que se responsabilice de aquella escolarización.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-02-1993 en vigor desde 26-02-1993