Da 3 Racionalización y simplificación administrativa de Extremadura
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Da 3 Racionalización y simplificación administrativa de Extremadura

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D.A. 3ª. Implantación de regímenes de intervención administrativa a través de declaraciones responsables alternativas o comunicaciones alternativas.

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1. Se implantará, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley, llevando cabo las adaptaciones normativas necesarias, el régimen de intervención administrativa a través de declaraciones responsables alternativas o, en su caso, comunicaciones alternativas, en los procedimientos que se relacionan en el ANEXO I, y en los términos que se especifican en el mismo.

2. Transcurrido ese plazo de seis meses, la normativa anterior relativa a los procedimientos incluidos en el ANEXO I tan solo será de aplicación en aquello que no se oponga o contradiga lo establecido en esta ley, operando, en todo caso, el régimen de intervención indicado para cada procedimiento en referido anexo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-07-2022 en vigor desde 29-07-2022