Da 3 establece el Título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel y enseñanzas mínimas
D.A. 3ª. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los títulos de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relacionan, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel establecido en el presente real decreto.
a) Técnico Especialista en Procesos Químicos Textiles, rama Textil.
b) Técnico Especialista en Hilatura, rama Textil.
c) Técnico Especialista en Tisaje y Confección Industrial, rama Textil.
d) Técnico Especialista en Hilatura y Tejeduría, rama Textil.
e) Técnico Especialista en Diseño Textil, rama Textil.
f) Técnico Especialista en Tejidos, rama Textil.
2. El título de Técnico Superior en Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada, establecido por el Real Decreto 733/1194, de 22 de abril, el de Técnico Superior en Procesos de Ennoblecimiento Textil, establecido en el Real Decreto 735/1994, de 22 de abril, y el de Técnico Superior en Procesos Textiles de Tejeduría de Punto, establecido en el Real Decreto 734/1994, de 22 de abril, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel establecido en el presente real decreto.
3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
- Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011