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Da 20 Medidas 1997 Fiscales, Administrativas y del Orden Social

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D.A. 20ª. Selección y provisión de plazas de facultativos especialistas de Área del Instituto Nacional de la Salud.

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La convocatoria de las pruebas selectivas para ingresar en la categoría de Facultativo Especialista de Área y el concurso de traslados, en el ámbito de las Instituciones Sanitarias del Instituto Nacional de la Salud, durante 1998 y por una sola vez se realizará de acuerdo con las reglas que se establecen en esta disposición.

Uno. Concurso-oposición.

Las convocatorias se efectuarán por el sistema de concurso-oposición, con carácter descentralizado por cada Gerencia de Atención Especializada, previa publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de unas bases generales en las que se determinarán los requisitos y condiciones que deben reunir los aspirantes, que no podrán ostentar nombramiento en propiedad de la misma categoría y especialidad dentro del Sistema Nacional de Salud, el número de plazas que será independiente al número de plazas convocadas a concurso de traslados, las características de las plazas convocadas, los plazos de presentación de instancias, los Tribunales que estarán compuestos por un número máximo de cinco miembros y las medidas de coordinación del desarrollo de las pruebas, dirigidas a asegurar la realización simultánea de los ejercicios en los distintos ámbitos territoriales en términos de igualdad.

1. Fase de oposición: consistirá en la realización por los aspirantes del ejercicio o ejercicios que la convocatoria determine, en orden a determinar su aptitud para el desempeño de la plaza.

2. Fase de concurso: consistirá en la comprobación y calificación de los méritos que acrediten los aspirantes, relacionados con los siguientes aspectos:

Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud con carácter temporal.

Formación especializada para la obtención del título de Especialista.

Trabajos científicos y de investigación publicados.

Por impartir docencia a postgraduados en la especialidad a la que se concursa.

Haber formado parte de comisiones clínicas constituidas al amparo del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril.

Dos. Concurso de traslados.

Se proveerán por concurso de traslados las plazas de Facultativos Especialistas de Área que la convocatoria determine. Estas plazas no tendrán que estar vinculadas a las que se convoquen por concurso-oposición.

Las plazas convocadas y no adjudicadas, así como las que resulten vacantes como consecuencia de este concurso de traslados, se acumularán a las convocadas por el sistema de concurso-oposición. No obstante, la toma de posesión de los adjudicatarios del concurso se efectuará de forma simultánea a la de quienes accedan a las plazas por concurso-oposición.

La adjudicación de las plazas convocadas se efectuará de acuerdo con un baremo de méritos que tenga en cuenta exclusivamente los servicios prestados.

Tres. Se autoriza al Gobierno para que, por acuerdo, establezca las reglas y medidas necesarias para el desarrollo de los procesos selectivos y del concurso de traslados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1997 en vigor desde 01-01-1998