Da 2 Pesca marítima en aguas interiores
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»D.A. 2ª. Marisqueo.
Vigente
El marisqueo es compatible con la pesca marítima en aguas interiores en la modalidad de artes menores, de conformidad con la Orden de 23 de septiembre de 2008, por la que se establece el censo de embarcaciones marisqueras dedicadas a la captura de moluscos bivalvos y gasterópodos en Andalucía, para aquellas embarcaciones que cuenten con licencia de pesca con artes menores en aguas interiores y con licencia específica de marisqueo.