Da 2 Ordenación Farmacéutica de I. Balears
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»D.A. 2ª.
Vigente
Con el objeto de instrumentar la colaboración entre la Administración sanitaria y las oficinas de farmacia, se podrán suscribir Convenios de cooperación con el Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Islas Baleares.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-11-1998 en vigor desde 22-11-1998