Da 10 Presupuestos Generales 2024 C León

Da 10 Presupuestos Generales 2024 C. León

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D.A. 10ª.- Especialidad referida a la gestión de los fondos de los planes Next Generation EU y de otros fondos europeos.

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1. Los contratos y sus modificaciones, los encargos y encomiendas a otros órganos o entidades de la Administración de Castilla y León o de otra Administración, las subvenciones, salvo las concedidas directamente por la Administración por razones que dificulten su convocatoria pública que sean superiores a 500.000 euros, los convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas y los convenios con entidades locales que tengan por objeto ejecutar actuaciones financiadas con los fondos de los planes Next Generation EU, con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con el Fondo Social Europeo Plus, con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, no precisarán autorización de la Junta de Castilla y León. En estos casos, cuando los importes superen los establecidos en los artículos 8.1 y 9.1, respectivamente, deberá comunicarse preceptivamente a la Junta de Castilla y León, en un plazo de 15 días, la autorización del gasto en el caso de contratos y encargos a medios propios y sus modificaciones, o bien la concesión de la subvención, la formalización de la encomienda de gestión, o la suscripción del convenio.

2. Las aportaciones que la Administración de la Comunidad realice al patrimonio de fundaciones, que estén financiadas total o parcialmente por los fondos europeos mencionados en el apartado anterior, precisarán de la autorización de la Junta de Castilla y León cuando superen 1.000.000 de euros.