Da 1 Supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad
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»D.A. 1ª.
Vigente
El Consejo de Gobierno determinará anualmente un porcentaje de sus partidas presupuestarias de inversión directa en los edificios de uso público de su titularidad o sobre los cuales disponga del derecho de uso, por cualquier título, para la supresión de las barreras existentes.