Da 1 Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley de Caza y Pesca
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»D.A. 1ª. Cotos de aprovechamiento intensivo.
Vigente
Los cotos de aprovechamiento intensivo existentes a la entrada en vigor de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, podrán continuar como tales adecuando sus condiciones a lo establecido en la misma y en el presente Reglamento. Para ello sus titulares deberán presentar la solicitud en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, justificando su carácter de coto intensivo y la adecuación a la nueva normativa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2007 en vigor desde 17-07-2007