Da 1 Patrimonio histórico de I Balears

Da 1 Patrimonio histórico de I. Balears

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D.A. 1ª.

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1. Los bienes radicados en las Illes Balears que hayan sido declarados de interés cultural, o hayan sido incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles, de acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, pasan a tener, respectivamente, la consideración de bienes de interés cultural o de bienes catalogados del patrimonio histórico de las Illes Balears.

2. Los bienes referidos en el punto anterior serán inscritos de oficio en los registros correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-1998 en vigor desde 30-12-1998