Da 1 Escuela Pública Vasca

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D.A. 1ª.

Vigente

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Siempre que no se indique un órgano administrativo concreto, las referencias de esta ley a la Administración, a la Administración educativa o a la Administración autonómica se entenderán dirigidas a los órganos competentes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, según la división de funciones establecida en sus correspondientes normas orgánicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-1993 en vigor desde 26-02-1993