Circular 2/2019, de 6 de marzo, de la Fiscal General del Estado, sobre interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas. - Boletín Oficial del Estado de 22-03-2019
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Abril de 2019
F. entrada en vigor: 11/04/2019
Órgano emisor: MINISTERIO FISCAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 70
F. Publicación: 22/03/2019
1. Introducción
2. Alcance de la medida
3. Presupuestos
4. Ámbito objetivo
5. Ámbito subjetivo y afectación de terceros
5.1 Regulación legal.
5.2 Utilización por el investigado de terminales o medios de comunicación de titularidad ajena.
5.3 Intervención de terminales o medios de comunicación de la víctima.
5.4 Intervención de terminales o medios de comunicación de terceras personas.
6. Solicitud
7. Deber de colaboración
8. Control de la medida
9. Duración y prórrogas
10. Acceso de las partes a las grabaciones
10.1 Derecho de las partes a acceder a las grabaciones.
10.2 Derecho de terceros afectados de conocer la intervención de sus comunicaciones.
11. Incorporación al proceso de datos de tráfico o identificación
11.1 Regulación legal.
11.2 Incorporación al proceso de datos electrónicos de tráfico o asociados.
11.3 Identificación mediante número IP.
11.4 Identificación de terminales mediante captación de códigos.
11.5 Identificación de titulares o terminales o dispositivos de conectividad.
12. Cláusula de vigencia
13. Conclusiones