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Articulo 98 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 98. Competencias en materia de código de conducta de altos cargos.

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En materia de código de conducta de altos cargos corresponden a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios las competencias siguientes:

a) El impulso, elaboración y propuestas de normas y medidas de código de conducta de altos cargos, en coordinación con la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana.

b) La vigilancia del cumplimiento de los principios a respetar y de las normas de conducta que deben inspirar la actividad pública de las personas que desempeñan altos cargos.

c) El estudio y propuesta en relación con las consultas, quejas y denuncias que se reciban en relación con esta materia.

d) La promoción y ejecución de actividades divulgativas de las normas y principios que inspiran el ejercicio de altos cargos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021