Articulo 98 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Artículo 98. Competencias en materia de código de conducta de altos cargos.
En materia de código de conducta de altos cargos corresponden a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios las competencias siguientes:
a) El impulso, elaboración y propuestas de normas y medidas de código de conducta de altos cargos, en coordinación con la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana.
b) La vigilancia del cumplimiento de los principios a respetar y de las normas de conducta que deben inspirar la actividad pública de las personas que desempeñan altos cargos.
c) El estudio y propuesta en relación con las consultas, quejas y denuncias que se reciban en relación con esta materia.
d) La promoción y ejecución de actividades divulgativas de las normas y principios que inspiran el ejercicio de altos cargos.
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021