Articulo 95 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Artículo 95. Competencias en materia de estrategia y organización administrativa.
En materia de estrategia y organización administrativa, corresponden a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios las competencias siguientes:
a) El diseño, formulación, propuesta, implantación, seguimiento y coordinación de un modelo de gestión por objetivos y resultado para la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y sus organismos públicos dependientes, sin perjuicio de las competencias del órgano de control interno de la gestión económica financiera del sector público autonómico.
b) El análisis y la evaluación de estructuras organizativas y funcionales como garantía de objetividad e imparcialidad de los resultados y la propuesta de adaptación de la organización a las necesidades de los servicios, para conseguir la eficacia, eficiencia, economía y calidad en la gestión pública.
c) El informe preceptivo, a efectos de la propuesta conjunta al Gobierno, de los proyectos de creación y regulación de órganos administrativos, reglamentos orgánicos y de estructuras orgánicas y funcionales de los departamentos, organismos autónomos y demás entidades de Derecho Público.
d) El informe preceptivo de los proyectos de disposiciones de carácter general que regulen la elaboración, contenido y tramitación de las relaciones de puestos de trabajo.
e) La dirección funcional del Directorio de Unidades Administrativas y Oficinas de Registro y Atención a la Ciudadanía (DIRCAC).
f) La iniciativa en cuanto a la normalización y racionalización de la producción normativa en materia de sistemas de organización y gestión administrativa.
g) La iniciativa, definición e implantación, junto con la Dirección General de la Función Pública, del teletrabajo.
h) La propuesta de aprobación de las normas que regulen la evaluación del desempeño y de los sistemas que permitan la evaluación del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, previo informe de la Dirección General de la Función Pública y del órgano con competencias en materia de planificación y presupuesto.
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021