Articulo 95 Indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas
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»Artículo 95. Tabla de correspondencias
Vigente
Las referencias al Reglamento (UE) n.º 1151/2012 derogado y las referencias a las disposiciones suprimidas a que se refieren los artículos 84 y 85 del presente Reglamento se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo IV.