Articulo 94 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Artículo 94. Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.
1. Bajo la dependencia directa de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia, la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios es el órgano responsable de la modernización administrativa y de la calidad de los servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, a la que corresponde la gestión de las competencias en las materias siguientes:
a) Estrategia y organización administrativa.
b) Procedimientos administrativos y simplificación administrativa.
c) Estatuto de altos cargos.
d) Código de conducta de altos cargos.
e) Gestión del conocimiento, innovación y calidad de los servicios públicos.
f) Evaluación de programas y políticas públicas y normativa autonómica.
g) Información y atención ciudadana.
h) Administración electrónica.
i) Coordinación de protección de datos de carácter personal.
j) Sistema de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
k) Gestión documental y archivística.
l) Modelo de gobierno de datos para fines administrativos.
m) Imagen institucional y símbolos representativos de la Comunidad Autónoma.
n) Inspección de los servicios.
Asimismo, ejercerá las funciones que el Gobierno le encomiende en relación con las competencias transferidas o delegadas a los entes locales canarios.
2. En el ámbito de las materias que tiene atribuidas, corresponde a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios:
a) El impulso de la formación de los responsables directivos y del personal al servicio de la Administración Pública, así como la elaboración del plan de formación en modernización, innovación y calidad.
b) La recepción, análisis y difusión de la información de interés.
c) La propuesta de celebración de encuentros, reuniones y congresos encaminados a fomentar la formación permanente, la reflexión y el debate sobre temas de interés.
d) La colaboración con el órgano competente en materia de transparencia y acceso a la información pública para el desarrollo y ejecución de la normativa en dicha materia.
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021