Articulo 92 Plan Vive
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Artículo 92. Objeto.

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1. Mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda se creará el Foro Andaluz de la Vivienda, como un órgano colegiado de participación en el ámbito de la política de vivienda en Andalucía adscrito a la consejería competente en materia de vivienda.

2. Su objeto será establecer un cauce de participación y debate de los agentes sociales implicados en las materias de vivienda, arquitectura y rehabilitación, y promover medidas y acciones que repercutan en un mayor bienestar para la ciudadanía en Andalucía.

3. Dicha orden regulará su composición, estando representados, entre otros, los agentes económicos y sociales. Mediante la referida orden se dispondrá su régimen de funcionamiento, organización, grupos de trabajo, forma de difusión de contenidos, colaboración con otros foros y régimen jurídico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020