Articulo 90 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón
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»Artículo 90. Fomento del voluntariado de protección civil.
Vigente
Corresponde a los sectores públicos la promoción del voluntariado de protección civil en los términos previstos en esta ley, en la Ley 6/2018, de 28 de junio, del Voluntariado de Aragón, y demás normativa vigente.